Que, conforme a lo previsto en el artículo 8° bis de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y de Prestación de Servicios: Procederá el Trato Directo o Contratación Excepcional Directa con Publicidad en los casos fundados que a continuación se señalan: letra f) Cuando por la naturaleza de la negociación existan circunstancias o características excepcionales del contrato que hagan del todo indispensable acudir a este procedimiento de contratación
Monto adjudicado
$581.060
Monto estimado
—
Oferentes
1
Fechas clave
Publicación
9 oct 2025
Cierre
—
Adjudicación
9 oct 2025
Proveedores oferentes
1 oferenteFuente oficial
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