Que el capítulo VI. Trato directo contratación excepcional directa con publicidad, en el párrafo 2, disposiciones especiales para las causales de Trato Directo o Contratación Excepcional Directa con Publicidad, señala: artículo 72, trato directo por único proveedor. Esta causal se podrá invocar siempre que no exista un sustituto u otra alternativa razonable que permita satisfacer de manera similar o equivalente la necesidad pública requerida.
Monto adjudicado
$12.000.000
Monto estimado
—
Oferentes
1
Fechas clave
Publicación
27 nov 2025
Cierre
—
Adjudicación
27 nov 2025
Proveedores oferentes
1 oferenteFuente oficial
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