Excepcionalmente los titulares de dominio de tierras indígenas podrán constituir derechos reales de uso sobre determinadas porciones de su propiedad, en beneficio de sus ascendientes por consanguinidad o afinidad, legítima o ilegítima, y de los colaterales por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, para los exclusivos efectos de permitir a éstos su acceso a los programas habitacionales
Monto adjudicado
—
Monto estimado
$11.000.000
Oferentes
3
Fechas clave
Publicación
24 ago 2023
Cierre
28 sept 2023
Adjudicación
19 oct 2023
Proveedores oferentes
3 oferentesFuente oficial
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