Lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, el empleador que ocupa 20 o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, tiene la obligación de tener salas anexas donde las mujeres trabajadoras puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras trabajan. Esta obligación también puede ser cumplida pagando directamente los servicios de sala cuna
Monto adjudicado
$346.000
Monto estimado
$64.000.000
Oferentes
1
Fechas clave
Publicación
17 ene 2024
Cierre
29 ene 2024
Adjudicación
31 ene 2024
Proveedores oferentes
1 oferenteFuente oficial
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