Una droguería con nombre de tienda naturista — pero subsidiaria de la multinacional OPKO — ganó el 91% de las licitaciones farmacéuticas de Cenabast en 2025
Arama Natural Products Distribuidora Limitada se adjudicó diez de once licitaciones competitivas en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud durante 2025, por un total de $17.667 millones. La empresa es 99% de OPKO Chile, subsidiaria local de la farmacéutica estadounidense OPKO Health (NASDAQ:OPK), aunque su giro tributario figura como mayorista de "otros productos N.C.P." y su nombre evoca el rubro de los suplementos naturales.
Cuando uno escucha Arama Natural Products, la imagen mental es predecible: una tienda de suplementos vitamínicos, fitoterápicos, probióticos. La empresa nació exactamente con ese perfil en 1987, dedicada a productos naturales, homeopáticos y fitoterápicos. Pero en 2012 fue adquirida por OPKO Health Inc., una multinacional farmacéutica estadounidense que cotiza en NASDAQ con el ticker OPK.
Hoy, Arama Natural Products Distribuidora Limitada — RUT 76.070.033-9, con domicilio en Pudahuel — figura inscrita en el Servicio de Impuestos Internos con el giro "venta al por mayor de otros productos N.C.P." (la categoría residual del SII), pero opera bajo licencia como droguería autorizada y es la principal vehículo comercial en Chile del grupo OPKO. Según sus propios registros corporativos, OPKO Chile S.A. es dueña del 99% de la sociedad. Y durante 2025, esa droguería con nombre de tienda naturista se adjudicó diez de once licitaciones competitivas en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud — Cenabast — por un total de $17.667 millones.
Las once licitaciones
El producto más grande de la lista es paracetamol 500 mg: 1.728 millones de comprimidos. A razón de un comprimido por cada cinco habitantes de Chile cada día, durante un año entero. Adjudicados a una sola empresa.
La regla de detección de Transparentin identificó once procesos competitivos en Cenabast durante los últimos doce meses en los que Arama se presentó como oferente. La tasa de éxito fue del 91%: solo en uno de los once procesos no resultó adjudicada. La cifra está muy por encima del win rate típico que se observa en licitaciones farmacéuticas chilenas, donde la competencia suele estar repartida entre seis o siete laboratorios.
El detalle, según consta en los registros de la API pública de MercadoPúblico:
- 621-774-LR25 · Paracetamol 500 mg comprimido · 1.728.527.000 unidades · $5,70/comp · $9.843 millones
- 621-588-LR25 · Dutasterida/Tamsulosina · 38.554.770 unidades · $65,50/u · $2.525 millones
- 621-483-LR25 · Tramadol 100 mg/ml solución oral · 3.420.760 frascos · $495/u · $1.693 millones
- 621-1076-LR25 · Travoprost 0,004% solución oftálmica · 199.425 frascos · $2.500/u · $498 millones
- 621-554-LR25 · Atorvastatina 10 mg · 68.866.000 comp · $6,65/u · $457 millones
- 621-701-LR25 · Atenolol 50 mg · 48.192.000 comp · $6,67/u · $321 millones
- 621-523-LR25, 621-534-LQ25, 621-536-LR25, 621-570-LR25, 621-601-LR25 · cinco licitaciones adicionales que completan los $2.330 millones restantes adjudicados a Arama en 2025
Diversidad terapéutica enorme, una sola distribuidora
Lo distintivo no es solo la concentración: también la diversidad terapéutica que cubre Arama. En las once licitaciones aparecen al menos seis áreas farmacológicas distintas: analgésicos no opioides (paracetamol), opioides controlados (tramadol), cardiovasculares (atenolol, atorvastatina), urológicos (dutasterida/tamsulosina), oftálmicos (travoprost). Cada categoría tiene reglas regulatorias propias — el tramadol, por ejemplo, está sujeto al Registro de Estupefacientes y Psicotrópicos del Instituto de Salud Pública (ISP), con normas estrictas de trazabilidad de cada frasco.
Que una sola distribuidora cubra ese rango es legalmente posible — droguerías autorizadas pueden comercializar todo el espectro farmacéutico, siempre que cuenten con los registros sanitarios respectivos. Lo notable es la competencia que Arama desplaza: en el mercado de genéricos y bioequivalentes en Chile operan al menos quince laboratorios con cartera amplia (Recalcine, Andrómaco, Saval, Bagó, Pharma Investi, Mintlab, Synthon Chile, Laboratorio Chile —del grupo Teva—, Laboratorios Pasteur, Lafrancol, Mavi, entre otros). Cada licitación analizada tuvo entre 3 y 7 oferentes. Aún así, en diez de once procesos, fue Arama la que ganó.
Quién es OPKO
OPKO Health Inc. es una empresa estadounidense de biotecnología y servicios de diagnóstico fundada en 2007, con sede en Miami. Su CEO y fundador, Phillip Frost, fue durante años una de las figuras más visibles del sector farmacéutico estadounidense — en su momento presidente de Teva Pharmaceutical Industries y de Ladenburg Thalmann.
En 2018, la Securities and Exchange Commission (SEC) presentó cargos contra Frost, OPKO Health y otras ocho personas o empresas relacionadas, acusándolos de participar en esquemas de manipulación bursátil tipo pump-and-dump sobre tres acciones de baja capitalización (Biozone, MGT Capital y otra) entre 2013 y 2018. Frost firmó un acuerdo con la SEC por US$5,5 millones, sin admitir ni negar los cargos. OPKO Health, por su parte, pagó US$16,5 millones para resolver una demanda colectiva de inversionistas.
El caso SEC no tiene relación documentada con las operaciones de OPKO en Chile ni con las licitaciones de Cenabast — es un asunto de mercado de capitales estadounidense, resuelto y prescrito. Se cita aquí porque forma parte del expediente público del controlador final de Arama, y porque cualquier evaluación reputacional de un proveedor que captura miles de millones del Estado debería incluir el historial corporativo del grupo controlador.
En Chile, OPKO desembarcó a través de Hans Berner, ingeniero comercial chileno que fundó OPKO Chile y hoy preside OPKO Health Iberoamérica, la división regional creada en 2018 con sede en Santiago — calle Agustinas 640, piso 10. La estrategia local de OPKO se centra en genéricos y bioequivalentes, segmento donde compite frontalmente con los laboratorios chilenos tradicionales.
El nombre, el giro, la realidad
El contraste entre el nombre comercial, el giro tributario y la actividad real merece pausa. Arama "Natural Products" vende paracetamol y tramadol al sistema público. Su giro registrado en el SII es "venta al por mayor de OTROS productos N.C.P." — la categoría residual que las empresas usan cuando su actividad no encaja en una clasificación específica. En la práctica, opera como droguería autorizada por el ISP, vehículo comercial principal en Chile de una multinacional farmacéutica con cotización bursátil en Estados Unidos.
Ninguno de estos elementos es ilegal. Las empresas pueden tener nombres comerciales heredados de una época previa, giros tributarios anchos, y autorizaciones específicas que les permitan operar en rubros distintos al inscrito formalmente. Lo que el conjunto sí dificulta es la trazabilidad pública del adjudicatario. Un fiscalizador o periodista que inicie una búsqueda con "Arama Natural Products" llega primero a aramanatural.com — un sitio que vende suplementos vitamínicos en línea. Solo cuando se cruza el RUT con el registro mercantil aparece la conexión con OPKO.
Qué dice la ley
Cenabast adquiere medicamentos para el sector público de salud bajo el marco de la Ley 19.886 y su Reglamento (Decreto 250/2004). Aplican los principios de libre concurrencia, igualdad ante las bases y estricta sujeción a las bases. Para fármacos sujetos a registro sanitario, el Decreto Supremo 3/2010 del Ministerio de Salud y la Ley 20.724 (que modificó el Código Sanitario en materia de medicamentos) establecen los requisitos adicionales: registro vigente del producto en el ISP, trazabilidad por número de lote, condiciones de almacenamiento.
El Reglamento de Compras (Decreto 250/2004), Art. 6 y siguientes, requiere que las bases técnicas se construyan de modo que un mercado plural pueda competir. La Contraloría General de la República ha emitido dictámenes (entre otros, Dictamen N° 35.281 de 2017) recordando que la repetición de adjudicaciones a un mismo proveedor exige una fundamentación técnica explícita.
Que una multinacional gane sistemáticamente con precios bajos no constituye, por sí mismo, una infracción. En genéricos y bioequivalentes los márgenes son estrechos y los laboratorios con escala internacional pueden subsidiar precios locales con su operación global. Pero un win rate del 91% sostenido durante doce meses, en un mercado con quince laboratorios calificados, sí amerita verificar que las condiciones competitivas estén preservadas.
Qué pide verificarse
Los datos públicos describen el patrón. Para confirmarlo o descartarlo, este caso requiere — vía Ley 20.285 de Acceso a la Información Pública — las siguientes gestiones:
- Las bases técnicas y administrativas de las once licitaciones, para verificar si los requisitos repetidos (volumen mínimo, plazo de entrega, modalidad de despacho regional) limitan estructuralmente al competidor pequeño.
- Los informes de evaluación completos con los puntajes técnicos y económicos de cada uno de los oferentes en cada proceso — datos que la API no expone.
- El listado de evaluadores y sus declaraciones de patrimonio en InfoProbidad, para descartar vínculos directos o indirectos con OPKO.
- Las órdenes de compra efectivamente emitidas por Cenabast a Arama y los lotes y fechas de despacho correspondientes, para corroborar entregas reales con los volúmenes adjudicados.
- El registro sanitario vigente de cada producto en el ISP, validando que Arama (o un fabricante asociado) sea efectivamente el titular del registro de cada uno de los seis fármacos.
- Una comparación con licitaciones anteriores de Cenabast sobre los mismos productos, para evaluar si los precios adjudicados a Arama están dentro del rango histórico o significativamente distintos.
- Los estados financieros de Arama publicados en el SII y la CMF (si aplicare), para verificar la capacidad económica y la consolidación con OPKO Iberoamérica.
Cómo se detectó
La identificación del patrón se hizo automáticamente con la regla "concentración de adjudicaciones" de Transparentin, que monitorea continuamente el universo completo de licitaciones publicadas en ChileCompra. La regla flagea cualquier proveedor que supere el 70% de adjudicaciones competitivas en una misma institución, con al menos tres procesos y un monto agregado superior a $5 millones. El caso quedó publicado en el registro de la plataforma bajo concentración de adjudicaciones.
La detección automática solo abre la pregunta. Cómo es que una droguería desplaza sistemáticamente a quince laboratorios competidores en un sector donde el precio es el 60-70% del puntaje, y por qué su giro tributario y nombre comercial sugieren un negocio distinto al que efectivamente desarrolla, son preguntas que solo las bases, las actas y los registros sanitarios — el material que la administración pública debe entregar bajo la Ley 20.285 — pueden responder.
Más sobre este caso
Fuentes
MercadoPúblico
- Licitación 621-774-LR25 — Paracetamol 500 mg (MercadoPúblico)
- Licitación 621-588-LR25 — Dutasterida/Tamsulosina (MercadoPúblico)
- Licitación 621-483-LR25 — Tramadol 100mg/ml (MercadoPúblico)
- Licitación 621-1076-LR25 — Travoprost (MercadoPúblico)
- Licitación 621-554-LR25 — Atorvastatina (MercadoPúblico)
- Licitación 621-701-LR25 — Atenolol (MercadoPúblico)
Registros públicos
Prensa
Fuentes oficiales
Este artículo se construye a partir de datos públicos publicados por organismos del Estado chileno. Las afirmaciones se ciñen a lo que los documentos consignan; la interpretación y las preguntas planteadas son del editor. No constituye una imputación de irregularidad ni de fraude por parte de las personas o entidades mencionadas.